Encargo de tratamiento

Última actualización: 14 de octubre de 2026

Contrato de encargo de tratamiento según el artículo 28 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018 (LOPDGDD). Forma parte de las condiciones de uso y se acepta al dar de alta un centro. Si la administración de la que depende el centro necesita firmarlo en papel o con su propio modelo, escríbenos a [email protected].

1. Las partes

2. Objeto, duración y finalidad

El encargado trata los datos solo para prestar al centro el servicio de Quién cubre: organizar las ausencias de su personal, proponer quién cubre cada hora, avisar y llevar el recuento. El encargo dura mientras el centro use el servicio.

3. Datos y personas afectadas

4. Obligaciones del encargado

  1. Tratar los datos solo siguiendo las instrucciones del centro, que son el uso que el centro hace de la app. Si una instrucción le parece contraria a la ley, lo dirá.
  2. No usar los datos para nada distinto del servicio, ni cederlos, salvo a los subencargados del punto 5 o por obligación legal.
  3. Asegurarse de que quien acceda a los datos por su parte está obligado a guardar confidencialidad.
  4. Aplicar medidas de seguridad adecuadas al riesgo (artículo 32 del RGPD), entre ellas:
    • cifrado de las comunicaciones (HTTPS) y datos alojados en la Unión Europea;
    • cada centro, aislado del resto en la base de datos, de forma que nadie de otro centro puede leer ni cambiar sus datos;
    • roles por centro con permisos por pantalla, decididos por el propio centro;
    • registro de quién cambió qué y copias de los horarios para poder deshacer;
    • copias de seguridad de la base de datos.
  5. Ayudar al centro a atender los derechos de las personas (acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación y portabilidad), y pasarle cualquier petición que le llegue directamente.
  6. Avisar al centro sin dilación indebida, y en todo caso en menos de 72 horas desde que lo sepa, de cualquier brecha de seguridad que afecte a sus datos, con la información disponible para que el centro pueda notificarla si corresponde.
  7. Ayudar al centro, en lo que esté a su alcance, con las evaluaciones de impacto y consultas a la autoridad de control.
  8. Poner a disposición del centro la información necesaria para demostrar que cumple este encargo y permitir las auditorías razonables que el centro pida.

5. Subencargados

El centro autoriza a usar estos proveedores, que tratan los datos solo para prestar el servicio y con las mismas obligaciones:

ProveedorPara quéDónde
SupabaseBase de datos y accesoUnión Europea (Fráncfort)
CloudflareAlojamiento de la appRed global
ResendEnvío de correos del servicioUnión Europea

Si se añade o cambia alguno, se avisará con al menos 30 días de antelación, y el centro podrá oponerse y darse de baja sin coste. Cuando alguno pueda tratar datos fuera del Espacio Económico Europeo, lo hace con las garantías del RGPD, como las cláusulas contractuales tipo de la Comisión Europea.

Si alguien del centro conecta Claude con su cuenta, lo hace por decisión del centro; Anthropic no es subencargado de Quién cubre (ver la política de privacidad).

6. Al terminar

Cuando el centro deje el servicio, el encargado le entregará, si lo pide, una copia de sus datos en un formato abierto, y después los borrará, también de las copias de seguridad cuando estas se renueven. Solo conservará, bloqueado, lo que la ley obligue y durante ese plazo.

7. Responsabilidad

Si el encargado usa los datos para otra cosa, los comunica o incumple este encargo, será considerado responsable de ese tratamiento y responderá de las infracciones en que haya incurrido.